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Preguntas Fideicomiso

A continuación presentamos una lista de F.A.Q. sobre Fideicomiso:

  • ¿Qué es un Fideicomiso?

    R// Es un negocio Jurídico de confianza, en virtud del cual se atribuyen a las Entidades Autorizadas para operar como fiduciario la titularidad dominical sobre ciertos bienes, con la limitación de carácter obligatorio, de realizar solo aquellos actos exigidos para cumplimiento de tal fin licito y determinado al que se destinen en el contrato. El fideicomiso implica la cesión de los derechos o la traslación del dominio de los bienes a favor del fiduciario.

  • ¿Qué se puede administrar a través de un Fideicomiso?
    • Bienes Inmuebles para su alquiler o venta.
    • Fondos para inversión en Títulos Valores (Certificados de Depósito a Plazo Fijo, Bonos, Acciones, etc.)
    • Cartera de préstamos.
    • Bienes en Garantía de Créditos otorgados por otras Entidades Autorizadas.
    • Testamentos o Bienes para planeación patrimonial.
    • Cualquier otro bien de origen licito con una finalidad determinada.
  • ¿Cuáles son los requisitos para iniciar el trámite de solicitud del servicio fiduciario?

    Requisitos persona natural

    • Formato y/o Carta de solicitud del servicio del servicio de Fideicomiso
    • Documento de Identificación Autorizado
    • Nacionales: Documento Nacional de Identificación (DNI) y RTN numérico.
    • Extranjeros: Carnet de Residente/ Pasaporte.
    • Constancia de Ingresos
    • En los casos que sea comerciante individual se le solicitara estados financieros y los requisitos antes mencionados.

     

    Requisitos persona jurídica

    • Formato de solicitud y/o carta del servicio de fideicomiso
    • Escritura de Constitución y su modificación si las tuviera
    • RTN Numérico de la empresa
    • Poder de Representante Legal en caso de no estar incluido en la escritura de constitución
    • Tarjeta de identidad y RTN del Representante Legal
    • Estados financieros de los últimos dos años.

     

    Administración pública

    • Formato de solicitud y/o carta del servicio de Fideicomiso
    • Marco jurídico que autoriza la Constitución de un Fideicomiso (Decreto Legislativo o Ejecutivo)
    • Presupuestos operativos.
    • Documento Nacional de Identificación (DNI) y RTN numérico del Representante de la Institución de Gobiernon.
  • ¿Cuál es el proceso a seguir para la constitución de un Fideicomiso?
    1. Presentar los requisitos para la solicitud del servicio y demás información solicitada por el Banco, para el preanálisis y análisis de la solicitud.
    1. Aprobación de la solicitud
    2. Estructuración del Fideicomiso (Definición de actividades, tareas, funciones, obligaciones y responsabilidades de las partes que se acordaran en el contrato).
    3. Elaboración del Contrato de Fideicomiso por el departamento legal del Fiduciario
    4. Traspaso de los Bienes a afectar en Fideicomiso detallados en el contrato.
  • ¿Se pueden desarrollar proyectos específicos a través de un Fideicomiso?

    R// A través de los Fideicomiso se pueden desarrollar proyectos como ser de desarrollo inmobiliarios, equipamiento, inversión, etc. Los fideicomisos constituyen un mecanismo para viabilizar el financiamiento de proyectos ya que a través de estos se puede ofrecer una garantía de cumplimiento de obligaciones o acuerdos frente a terceros.

  • ¿Qué garantiza la administración de un bien o proyecto a través de Fideicomiso?
    • Seguridad y transparencia.
    • Administración eficiente.
    • Preservación y control de los bienes.
    • Minimización de riesgo.
    • Seguridad jurídica.
    • Solidez e imparcialidad.
    • Disminución de costos operativos.
    • Cumplimiento de la voluntad expresa en contrato sobre la distribución de sus bienes al fallecer.
    • Supervisión interna y externa por auditorias y entes reguladores.
  • ¿Cuál es el marco legal de los Fideicomisos?
    1. Código de Comercio
    2. Ley del Sistema Financiero
    3. Normativas o resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Banco y Seguros.
    4. Demás Leyes Mercantiles en su defecto, por los usos y costumbres mercantiles y a falta de éstos, por las normas del Código Civil.
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